Australian War Memorial

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EXTERIOR DE MEMORIA DE LA GUERRA-AUSTRALIA

lunes, 12 de octubre de 2009

¿El Tribunal Supremo Militar Policial de la Santa Inquisición?


Hace unos días visitamos el Museo de la Inquisición ubicada en la Plaza Bolívar, en un local contiguo al Congreso de la República, y precisamente a un costado del monumento ecuestre que perenniza la memoria de Simón Bolívar libertador. La libertad frente a la opresión en un mismo plano.

Las imágenes que se muestran en el interior de ese recinto, con toda su crudeza a los visitantes del Siglo XXI, los transportan en un flash back a un pasado lejano que se prefiere olvidar. Los seres humanos fueron maltratados, sometidos a crueldades y suplicios por diversas razones. La Iglesia tuvo mucho que ver en esta etapa de crueldad.

En el Museo, se han recreado con gran realismo, todas las formas de abusos más innobles y aplicados con gran violencia contra aquellas personas que cometían faltas contra la Iglesia y el Estado. Fue utilizado más como una policía política por las autoridades, quienes encontraron en las acusaciones que no incluían sentencia una fuente de enriquecimiento.

En esa época no se hablaba ni conocía el concepto de derechos humanos. A los hombres y mujeres los sometían a juicios sumarios y luego brutalmente a torturas físicas y psicológicas, la mayoría de ellas terminaban con la muerte del torturado, sin que se hubiera logrado su arrepentimiento.
“Justicia que se demora, no es justicia”, dice un antiguo adagio. En la actualidad casi nada ha cambiado, vivimos en pleno siglo XXI denominada la era de la información, pero, a diario nos topamos con casos que nos regresan a las etapas más inhumanas, por las que atravesó el hombre.

No son las crueldades físicas las que se practican hoy, las torturas son más sutiles, más solapadas, toman nombre de procesos sumarios que demoran años, vienen detrás de una cédula de notificación judicial, luego el afectado ingresa a una vorágine, a un suplicio mental y físico del que difícilmente saldrá bien librado.

Porque valgan verdades, la justicia realmente no existe para la gran mayoría en nuestro país, sino miremos la cantidad de presos que tenemos en cárceles, hacinados y viviendo en un submundo, donde se dan la mano el hambre y la necesidad de justicia, la inmensa mayoría aún no han sido sentenciados.

Miles de presos en presidios, que hace mucho tiempo han perdido el nombre, ya no son más las instituciones, que sirven para rehabilitar a los hombres y mujeres que los pueblan.

Conforme el hombre es más civilizado y accede a una mejor preparación académica y el mundo vuela dentro de la globalización o mundialización a pasos agigantados, la justicia que imparten los hombres tarda demasiado, esa es la explicación para algunos seres humanos que pululan en nuestras cárceles, quienes están sometidos a un martirologio y, a un vía crucis que nadie les envidia.

Lo que sucede en la justicia ordinaria, no difiere mucho de lo que acontece en el fuero militar. Así, a partir del año 2000 la ingerencia política durante el gobierno transitorio de Paniagua y luego Toledo, hizo que la Justicia Militar retroceda frente al fuero civil y sus integrantes medrosos, se vean rebasados por la presión política, hasta hoy.

El fuero militar que en la década del 90 del siglo pasado tuvo destacada actuación como integrantes de los tribunales sin rostro y supieron enfrentar el grave problema que se presentó al momento de juzgar a los integrantes de SL y MRTA, ya no es el mismo. Recordemos que, la justicia ordinaria había claudicado por temor, a las amenazas de los aparatos de fachada de estas organizaciones.

El 13 de junio de 2006 se publica en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo Nº 861 y el nuevo Código de Justicia Militar Policial, que está en vigencia. Este nuevo código establece sanciones penales para los integrantes de las FFAA que delinquen en el ejercicio de sus funciones. SE entiende en actividad.

Como sabemos el Tribunal Supremo Militar Policial está conformado por magistrados, en su mayoría oficiales en retiro y que antes pertenecieron al servicio jurídico, quienes han sido nombrados por el poder ejecutivo y actualmente están cuestionados ante el TC por este nombramiento.

La justicia Militar en nuestro enfoque, se ha convertido en un moderno Tribunal de la Inquisición, porque está poniendo a disposición de la justicia ordinaria a personal militar y policial, que debería ser juzgado por este fuero de conformidad a lo dispuesto en nuestra Constitución y en acuerdo a sus atribuciones.

Observamos que este retroceso frente a la cada vez mayor influencia de la justicia ordinaria, le ha quitado confianza y seguridad al personal militar y policial en este fuero. Dado que, de muto propio y trasgrediendo normas constitucionales en varios casos, está renunciando a su legítimo derecho para impartir justicia, como es su deber y obligación.

Fuentes de este fuero, indican que son aproximadamente 70 procesos abiertos a igual número de integrantes de nuestras FFAA y PNP, cuando estaba en vigencia el Decreto Ley N° 23214 del 24 de julio de 1980. A quienes por una interpretación caprichosa, se les ha aplicado retroactivamente el Decreto Legislativo Nº 861 que entró en vigencia a partir del 13 de junio de 2006.

Los oficiales involucrados actualmente enfrentan procesos judiciales en la Justicia ordinaria. Esta situación puede agravarse por la falta de interés, desidia y hasta temor demostrado por los magistrados militares. Estas autoridades han decidido inhibirse de los procesos de su absoluta competencia, para optar por el facilismo de derivar estos procesos –presumimos- para disminuir su carga procesal.

Lo que ignoran muchos de los oficiales cuyos casos han sido derivados a la justicia ordinaria, es que el artículo 200 de nuestra Constitución, considera las Garantías Constitucionales y que a la letra dice “1) La Acción de Habeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales”. Se conoce el caso de tres oficiales del Ejército que han presentado sendos recursos de Habeas Corpus, ante los juzgados penales de Lima, Iquitos y Arequipa, los que han sido admitidos.

Los miembros de las FFAA y PNP involucrados en estos nuevos procesos abiertos en la justicia ordinaria, ven con mucha preocupación que se han violentado sus derechos constitucionales considerados en los artículos N° 1, N° 2, parágrafo 15 y 24, d); el artículo N° 103, párrafo segundo que a la letra dice “Ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivo, salvo en materia penal, cuando favorece al reo”, así como el artículo N° 139, incisos 3) “La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional” e inciso 11) “La aplicación de la ley más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre leyes penales”.

Señores magistrados del Tribunal Supremo Militar Policial les solicitamos asuman sus responsabilidades valientemente e impartan justicia, respetando las normas constitucionales, de esta manera podrán recuperar el respeto, confianza y consideración de la sociedad y de los miembros de las instituciones militares.

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