Australian War Memorial

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EXTERIOR DE MEMORIA DE LA GUERRA-AUSTRALIA

domingo, 3 de junio de 2012

Obstáculos insalvables para labores de Inteligencia.


Por: Arturo Castro.

Sun Tzu dijo: “La buena Inteligencia es el preludio de la Victoria”. La falta de una Inteligencia articulada y eficaz en la lucha contra SL-TID en el VRAE ha traído innumerables críticas, especialmente de opositores al gobierno, por los resultados negativos en la lucha contra estos flagelos de la sociedad. Sin embargo, esas críticas oportunistas y coyunturales se quedan incompletas, al no denunciar a los responsables de esta situación.

Tim Weiner autor de la obra “Legado de Cenizas” en el que se relata la historia de la CIA entre (1945-2007), nos recuerda la importancia y trascendencia que tiene el Servicio de Inteligencia para la supervivencia del Estado, frente a las amenazas internas y externas. Weiner dice que la inteligencia, “Debe anticiparse a la sorpresa. Sin un servicio de Inteligencia fuerte, inteligente y perspicaz, los presidentes y generales pueden quedar tan ciegos como inútiles”.

Nuestro Servicio de Inteligencia se crea en enero de 1960, siendo Presidente de la República Manuel Prado Ugarteche. En 1970 por Decreto Supremo de carácter secreto y no por ley como debió ser, se constituye el Sistema de Inteligencia Nacional (SINA). Durante el gobierno de Fernando Belaunde Terry, mediante los Decretos Leyes 270 y 271, se incluye como labor de inteligencia a campos no militares de la Seguridad Nacional.

Durante el gobierno de Alberto Fujimori en Julio 1992 mediante la Ley 25635 se refuerza el  poder del SIN: como órgano rector del SINA. En noviembre de 2000 después del escándalo de los Vladivideos, Alberto Fujimori desactiva el SIN y dispuso su reorganización inmediata mediante  ley  27351.

Durante el gobierno de Paniagua en junio 2001 se da la Ley N° 27479 que crea el Sistema de Inteligencia Nacional (SINA), y los organismos dependientes de esta: el Consejo Nacional de Inteligencia (CNI), la Direcciona Nacional de Inteligencia Estratégica (DNIE), y se regulaban los organismos de inteligencia del sector defensa, sector interior y otros sectores.

En el gobierno de Alejandro Toledo, el 2006 se dio la Ley 28664 que derogó la anterior. El caos se apodera de los servicios secretos del país. Se vivió una falta de institucionalidad, pues en este periodo, se relevaron 7 jefes en menos de 3 años, que sumaron 9 entre el 2001-2009. ¡Tanto daño le hizo este gobierno!

Según el experto Jorge Serrano Torres refiriéndose a la década del 2000 “hubo una percepción distorsionada sobre la importancia de la seguridad nacional, a la vez que una represalia política”. Esto trajo como consecuencia drásticos recortes en el presupuesto para la Defensa Nacional, lo que debilitó a las FFAA y SINA. Las medidas de restructuración al Servicio de Inteligencia Nacional, comprendió una masiva separación de cuadros especializados, expertos en Inteligencia Estratégica y Operativa, y Contrainteligencia. Sobrevino una parálisis de la que se recupera lentamente.

Por otro lado la ley N° 28664, regula la finalidad, principios, organización, atribuciones, funciones, coordinación, control y fiscalización de las actividades de Inteligencia que ejecutan los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional-SINA.

“La actividad de Inteligencia tiene por objeto proporcionar oportunamente a través del Órgano Rector del SINA, al Presidente de la República y al Consejo de Ministros, el conocimiento obtenido mediante el procesamiento de las informaciones, sobre las amenazas y riesgos actuales y potenciales, que puedan afectar la seguridad nacional y el ordenamiento constitucional de la República”.

Las actividades de inteligencia se rigen por los siguientes principios: Legalidad, Legitimidad, Control democrático, Pertinencia, Circulación restringida, Especialidad y Planificación. El principio de legalidad exige el respeto a la Constitución y las leyes, al mismo tiempo indica tácitamente que “Las operaciones especiales solo se efectúan con autorización de la autoridad competente”.

El principio de legitimidad, indica que estas son legales,  cuando se respeta el equilibrio entre las necesidades del Estado y los derechos de las personas; entre la eficiencia para la obtención de la información y el respeto a la Ley; entre el control y la discrecionalidad; y, entre la magnitud de la amenaza y /o el riesgo y la proporcionalidad de los medios empleados según el caso. El principio de Control democrático, indica que las actividades de inteligencia por su naturaleza, requieren el control de otras instancias del Estado.

El artículo 20 de esta ley, establece el Control Judicial para realizar Operaciones Especiales OOEE), la Corte Suprema designa a dos vocales Superiores (Ad hoc). Cualquiera de los vocales autoriza la realización de las OOEE. El Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) es quien debe solicitar la autorización. En caso de peligro contra la Seguridad Nacional, excepcionalmente el Director de la DINI puede autorizar la OOEE con cargo a formalizar la solicitud de inmediato ante el vocal Superior Ad hoc, quien dentro de las 24 horas puede convalidarla o suspenderla.

Teniendo en cuenta que las operaciones militares en el VRAE requieren de la rapidez y dinamismo en su ejecución, la pregunta es, si con todos estos candados que se han considerado en esta ley, ¿El Servicio de Inteligencia Nacional puede cumplir son su finalidad y  enfrentar  de manera eficiente y eficaz en el VRAE a las fuerzas malignas de los hermanos Quispe Palomino?

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